El Tribunal de Estrasburgo dictamina que Hungría violó el derecho de acceso de los periodistas al Parlamento.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó hoy que Hungría violó el derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 10, de seis periodistas que, en abril de 2016, fueron objeto de una prohibición indefinida que les impedía acceder a las instalaciones del Parlamento húngaro para ejercer su profesión. La prohibición fue impuesta por el Presidente del Parlamento debido a que los periodistas filmaban e informaban desde ciertas zonas del edificio, en contravención de una resolución específica del Presidente del Parlamento. Anteriormente, los periodistas tenían acceso regular a las instalaciones parlamentarias y realizaban entrevistas con diputados. La prohibición se levantó finalmente en septiembre de 2016.
Media Defence presentó una intervención de terceros ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en este caso, junto con Helsinki Foundation for Human Rights, OSSIGENO per l'informazione, Media Development Centre y Mass Media Defence Centre. El escrito de los intervinientes hizo hincapié en la vital importancia de la información parlamentaria y de facilitar el debate libre sobre las actividades legislativas a través de los medios de comunicación. Los intervinientes también buscaron resaltar la importancia crucial de permitir que los periodistas informen directamente desde el Parlamento, el carácter censurador de las prohibiciones de acceso de los periodistas a las instalaciones parlamentarias y a las tribunas de prensa, y el limitado derecho a la privacidad de los parlamentarios en el Parlamento.

Si bien se enfrentó a cuestiones importantes sobre cuándo y en qué contexto pueden imponerse restricciones al acceso al parlamento, el Tribunal resolvió el caso basándose en criterios limitados, considerando «más apropiado centrar su análisis en si la restricción del derecho a la libertad de expresión de los demandantes iba acompañada de garantías efectivas y adecuadas contra el abuso». Al constatar una violación del derecho a la libertad de expresión de los demandantes, el Tribunal señaló que la prohibición carecía de «garantías procesales adecuadas».

Si bien se celebra la conclusión del Tribunal de que, en esta ocasión, la prohibición vulneró el derecho a la libertad de expresión de los periodistas, resulta preocupante la forma tan restrictiva en que se llegó a esta decisión. En particular, dado el interés público inherente a la labor periodística en la información sobre parlamentos y otros órganos decisorios. Las cuestiones que plantea este caso revisten una creciente importancia pública, considerando la alarmante tendencia a la imposición de obstáculos a la capacidad de los medios de comunicación para informar sobre la democracia en todo el mundo, incluyendo recientemente en Estados Unidos y el Reino Unido.

Si bien esta sentencia es positiva al reivindicar el derecho de los seis periodistas húngaros a informar desde el Parlamento, supone una oportunidad perdida para condenar a un órgano legislativo que utiliza sus poderes discrecionales para impedir que los medios de comunicación desempeñen su importante función de informar desde dicho órgano.
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Nos gustaría dar las gracias ¿Puede Yeginsu? y antonio jones por su ayuda en la redacción de la intervención, y Roger Mann y Anna-Katharina Kornrumpf por sus valiosas aportaciones. 

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